Los procedimientos legales para la apertura de una empresa se pueden encontrar en el sitio web de la DNRC (Departamento Nacional de Registro de Comercio), organismo vinculado a este Ministerio: https://www.gov.br/economia/pt-br/assuntos/drei
Para exportar y/o importar, las empresas deben estar autorizadas para operar en el Sistema Integrado de Comercio Exterior (Siscomex). Respecto a la calificación para operar en el Siscomex y acreditación de representantes, sugerimos consultar: www.idg.receita.fazenda.gov.br >ORIENTACIÓN >ADUANAS > MANUALES > CALIFICACIÓN EN EL SISCOMEX.
La constitución de la sociedad comercial exportadora común se rige por la misma legislación que se utiliza para la constitución de cualquier sociedad comercial o industrial bajo cualquier forma societaria. La empresa comercial exportadora, que desee ser considerada Empresa Comercial, con base en el Decreto-Ley 1.248/72, deberá cumplir con los requisitos de la Ordenanza SECEX nº 23, del 14/07/11, artículos 247 a 253, para obtener el Certificado. de Registro Especial.
Puede importar directamente, realizando la importación usted mismo. O indirectamente a través de una Sociedad Comercial. Y en este caso hay dos opciones: por cuenta y encargo de terceros o por encargo.
Express, Limitada (con un límite de U$50.000,00 o U$150.000,00 por semestre), o; Ilimitado.
Sistema Integrado de Comercio Exterior (SISCOMEX), Registro de Exportadores e Importadores (REI) y Registro de Habilitación en el Medio de Registro y Seguimiento de la Actuación de Interventores Aduaneros (RADAR).
Se considera operación aduanera de importación aquella en la que la persona jurídica importadora se contrata para promover, en su nombre y con recursos propios, el despacho aduanero de las importaciones de mercancías extranjeras adquiridas por ella en el exterior para su reventa a un ordenante predeterminado. Una operación de importación por cuenta y orden de un tercero es aquella en la que se contrata a la persona jurídica importadora para realizar, por su cuenta, el despacho aduanero de las importaciones de mercancías extranjeras, adquiridas en el exterior por otra persona jurídica.
NCM significa “Nomenclatura Común del MERCOSUR” y SH significa “Sistema Armonizado”.
El sistema de clasificación de códigos en la NCM sigue la siguiente estructura:
Los Incoterms son términos de comercio internacional, propuestos por la Cámara de Comercio Internacional – CCI, con el objetivo de facilitar el comercio entre vendedores y compradores de diferentes países.
Los aspectos generales del régimen, las modalidades existentes, las formas de prueba, la liquidación del compromiso y toda la información necesaria sobre el régimen aduanero se encuentran en el Capítulo III de la Ordenanza SECEX nº 23, del 14/07/11.
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